Inicio
Para el análisis de una enfermedad profesional no basta con presentar el diagnóstico, sino que también se debe analizar la causa de la enfermedad.
La salud mental y la seguridad ciudadana son los temas que destacamos en la jurisprudencia nacional del año que pasó. Además, destacamos que las pruebas que se vienen exigiendo en los juicios para acreditar las indemnizaciones por temas de seguridad y salud en el trabajo son positivos para hacer las decisiones judiciales más objetivas.
La salud mental como criterio por evaluar en los cambios laborales.
En un caso la Corte Suprema ha ordenado indemnizar a un grupo de trabajadores porque los cambios realizados por su empleador fueron contrarios a su dignidad y afectaron su salud mental. Esto fue acreditado con informes médicos presentados en el proceso. (Casación Laboral N° 3636-2021 – LIMA).
La responsabilidad de la empresa en una enfermedad profesional no se presume.
Para el análisis de una enfermedad profesional no basta con presentar el diagnóstico, sino que también se debe analizar la causa de la enfermedad y si esta estuvo relacionada con incumplimientos del empleador en materia de seguridad y salud en el trabajo. (Casación N° 10262-2021 -LIMA).
No corresponde el pago del concepto de “daño a la persona” en las reparaciones por daños y perjuicios derivadas de la relación laboral.
En un caso se ha considerado que el “daño a la persona” no corresponde por accidentes laborales. Según la Corte, la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo solo permite solicitar el daño emergente, el lucro cesante y el daño moral. (Casación Laboral N° 47713-2022-LIMA NORTE).
Empleadores deben implementar medidas de seguridad contra actos delictivos
De lo contrario, podrían ser calificados como responsables por no haber tomado medidas de prevención ante los actos delictivos que puedan sufrir sus trabajadores en el centro de trabajo. (Casación Laboral N° 8706-2020 – LA LIBERTAD).
Recomendaciones V&T
«Es recomendable identificar los elementos que motivan la razonabilidad de los cambios laborales que aplicamos y, así, evitar que puedan ser entendidos como acciones que tienen por finalidad perjudicar a los trabajadores.
En ese sentido, es importante resaltar que, incluso en los procesos judiciales en los que se alegue daños a la salud mental, estos deben ser probados por los trabajadores, siendo el Juez quien tiene la labor de corroborar la hostilidad, el real impacto psicológico, así como justificar la cuantía del importe que se pueda otorgar como eventual reparación».
Sergio Tejada Asociado de V&T
«Más allá de la discusión legal, las organizaciones deben considerar que, en un juicio en el que se solicite daño moral derivado del vínculo de trabajo, las pruebas médicas (evaluaciones médicas, psicológicas y de salud mental) son indispensables para justificar el daño moral. En este tipo de supuestos, el Juez no debe presumir ni el nexo causal ni el daño, ni la cuantía. Asimismo, debe analizarse los casos de responsabilidad laboral únicamente sobre los daños reconocidos en ese ámbito (daño emergente, lucro cesante y daño moral)».