La carga de la prueba en el Procedimiento Administrativo Inspectivo, ¿corresponde a la administración o al sujeto inspeccionado?

Vinatea & Toyama, abogados laborales y consultoría legal en Perú

Recientemente, mediante Resolución N° 366-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, el Tribunal de Fiscalización Laboral declaró infundado el recurso de revisión interpuesto por la empresa inspeccionada, al considerar que la documentación presentada no desvirtuó la infracción imputada. Es decir, bajo el criterio seguido en esta resolución, la carga de la prueba recaería en el administrado. Dicho criterio no solo resulta errado, sino que contravendría algunos pronunciamientos previos del propio Tribunal.

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A un año de la publicación de nuestro primer estudio, presentamos el II Informe sobre la gestión de la Diversidad, Equidad e Inclusión (DEI) en el sector privado, en un contexto en el que las organizaciones enfrentan el reto de consolidar políticas inclusivas más allá de coyunturas o tendencias.