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Predictibilidad y reglas claras

Predictibilidad y reglas claras

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En situaciones de grave crisis como la actual, quienes conducen el país tienen la responsabilidad de brindar a la población la tranquilidad y predictibilidad necesarias para enfrentar la situación de la mejor manera posible.

Aun reconociendo la complejidad y lo inédito de esta crisis, los agentes esperan políticas coordinadas, medidas oportunas y acertadas e información clara y transparente, etc.

Si esto no ocurriese, corremos el riesgo de ser atrapados por la incertidumbre, lo que nos obligará, la mayoría de las veces, a tomar decisiones sin la información suficiente, en forma acelerada, inoportuna y seguramente errada.

En el plano laboral, desde la disposición de la inmovilización social (que actualmente se percibe como un evento muy alejado, a pesar de haber transcurrido menos de 3 meses de ello) hemos sido testigos de varias idas y vueltas, llegando incluso a percibirse que se legislaba a través de declaraciones mediáticas, comunicados, entrevistas, cuestionarios de preguntas y respuestas y hasta de plataformas digitales. Sino recordemos las controversias en torno a la aplicación del descanso vacacional, el personal de riesgo, la posibilidad de acceder a la suspensión perfecta de labores -SPL- (si se había solicitado el subsidio a la planilla o aplicado a Reactiva Perú) e, inclusive, la experiencia de la plataforma digital para el registro de la SPL, sus modificaciones y requerimientos de último momento. 

No cabe duda de que esta falta de claridad ha ampliado las brechas de entendimiento entre los actores laborales, promoviendo decisiones y exigencias confusas, lo que se traducirá probablemente en controversias y conflictos laborales futuros, situación que hubiera podido evitarse. 

Si lidiar con un escenario como el descrito ya resulta un enorme reto, en los últimos días la Comisión de Trabajo del Congreso de la República ha añadido un nuevo ingrediente de impredictibilidad, aprobando el Proyecto de Ley No. 5039/2020-CR, que, entre otros aspectos, declara nulas las no renovaciones de contratos de trabajo a plazo fijo y de locación de servicios durante el Estado de Emergencia, además de aplicarlas de manera retroactiva. Sin ánimo de analizar la constitucionalidad de una norma como esta, cabe preguntarse si estas disposiciones son necesarias en esta coyuntura. ¿Acaso se cree que con estas se generará más trabajo, se reducirán los conflictos y/o se construirán relaciones laborales saludables? Todo lo contrario.

Recordemos que concluida la crisis nada va a ser lo mismo y nos debe preocupar la subsistencia de la fuente de trabajo y su rápida adaptación a la “nueva normalidad”. Por ello, urge que las señales sean claras, oportunas, adecuadas y con visión de futuro, tomando en cuenta las graves circunstancias que enfrentaremos en los próximos años. Generar incertidumbre solamente conducirá a la adopción de decisiones confusas, a ampliar las brechas de entendimiento en la sociedad y a la generación de más conflictos.

Publicado en Diario Gestión

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