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Desconexión digital: ¿hay excepciones?

Desconexión digital: ¿hay excepciones?

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El trabajo remoto tiene ocho meses. Una modalidad impuesta por la cuarentena y que se sigue extendiendo en muchas organizaciones. Si bien el gobierno ha indicado que estaría vigente hasta el mes de julio del próximo año, buena parte de las empresas continuarán con este sistema, cuando menos en forma parcial.

El trabajo remoto llegó para quedarse. Estos meses han servido para adecuarnos, acostumbrarnos y hasta demostrar que puede ser hasta más eficiente que el trabajo presencial.  Las claves del trabajo son cuatro:  la delimitación, los gastos, la ergonomía y la desconexión digital.

La empresa tiene la facultad para fijar el trabajo remoto o presencial.  No existe un derecho de los trabajadores para laborar desde casa salvo el personal de riesgo (mayores de 65 años, diabetes, hipertensión arterial, etc.) o para trabajar presencialmente.  Las condiciones de trabajo y gastos que demanda el trabajo desde casa se regulan por acuerdo entre las partes y en casos donde el trabajador no los pueda asumir, la empresa debe brindar el hardware y sofware, wifi, etc. La ergonomía y las condiciones de seguridad y salud deben ser recomendadas por la empresa, con sugerencias sobre pausas activas, trabajo seguro, posturas de trabajo, entre otros. 

Recientemente el Estado ha regulado la desconexión digital, las franjas de tiempo de privacidad del trabajador donde el empleador no puede ingresar. Los días de descanso semanal y feriados, así como el espacio de 12 horas diarias ininterrumpidas no deberían ser utilizados para el trabajo. Los jefes no deben fijar reuniones un feriado, exigir un trabajo un domingo o pedir una respuesta a un chat de madrugada.

Ciertamente hay excepciones. Si se cae el sistema informático, el técnico del área de tecnología no puede negarse a trabajar un domingo.  En caso de que llegara una fiscalización tributaria y fuera necesario laborar muchas horas para cumplir con plazos perentorio, los contadores tienen que trabajar. Ante una emergencia, un caso fortuito o fuerza mayor, los trabajadores tienen el deber de participar; ciertamente, son casos excepcionales.  Si todos los fines de mes es necesario amanecerse por cierre contable, es necesario modificar los procesos y etapas.

Finalmente, tenemos a los directivos que tienen altos niveles de flexibilidad, no son fiscalizados y hasta determinan si hacen o no trabajo remoto. Un gerente no podría negarse si un director le pide una reunión el fin de semana o dejar de contestar una pregunta enviada por chat. 

Para regular estos casos, las empresas deben tener una política sobre trabajo remoto que regule las condiciones, la desconexión digital y los casos de excepción. Ojalá que, tras julio de 2021,  el Estado vuelva permanente el trabajo remoto.  El COVID-19 cambió nuestras vidas y las formas de trabajo. Si el trabajo remoto ha resultado, ¿por qué no puede ser permanente? 

Fuente: Diario Gestión

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Vinatea & Toyama
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