La crisis impide que muchos trabajen. Buena parte de ellos, sin embargo, están recibiendo sus remuneraciones u otros derechos por mandato legal. Eso está bien, pero tiene un límite: si el trabajador no puede trabajar, no se produce, y el empleador no tiene cómo pagar.
La remuneración sin trabajo cabe durante los días de descanso o la enfermedad, pero no puede sostenerse durante mucho tiempo en medio de una crisis. Allí cabe una suspensión perfecta: el trabajador no trabaja y el empleador no paga, ello hasta que desaparezcan las causas que le impidieron trabajar.
La suspensión perfecta protege la continuidad de la relación laboral porque, en lugar de extinguirla, solo la detiene temporalmente.
El Ministerio de Trabajo quiere que los empleadores sigan pagando remuneraciones a pesar de no tener cómo porque cree que, de esa manera, protege a los trabajadores. Eso es cierto mientras se pueda, porque exigir que se paguen remuneraciones sin que haya ingresos pone en riesgo la propia continuidad de la empresa y, sin empresa, la remuneración no existiría.
La suspensión perfecta duele, pero impide que la fuente del trabajo se extinga. Para eso sirve. Parafraseando a Vizcarra, “parar ahora para que podamos continuar después”.